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Reglamento de Airsoft Urbano (MOUT/CQB) Federación Española de Airsoft 2011

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Mensaje  Fox Sáb Dic 31, 2011 8:28 pm

Presentación


Desde hace tiempo en la Federación Española de Airsoft, al igual que hemos realizado con otras disciplinas de las actividades lúdico-deportivas del Airsoft, hemos intentado plasmar mediante un trabajo serio y consensuado, unas normativas válidas y referentes para poder desarrollar nuestras actividades de una manera más divertida, segura y normalizada. Con la continua evolución del Airsoft, sus modas, sus materiales, nuevos conceptos,
nuevas propuestas, y sobre todo nuevas ilusiones, y en la línea de constante evolución y adaptación, ve la luz este nuevo Reglamento de juego para Airsoft Urbano o disciplina

MOUT/CQB.

Los autores de este magnífico trabajo, serio, directo, sencillo y eficaz, han sido nuestros compañeros y amigos Oscar Martínez, alias “Mac”, y Ramón Abad, alias “Xetty”. Su visión concreta basada en la experiencia de juego, y en la aplicación de elementos adaptados al entorno de las actividades del Airsoft ha dado como fruto un reglamento guía para el desarrollo de las citadas actividades. A nuestras Asociaciones miembro les va a servir para tomar un punto de partida, desde el cual diseñar sus actividades, eventos y partidas de Airsoft, dejando un amplio abanico de decisión a quien organiza y trabaja en estas actividades. Hemos ganado con un reglamento abierto, y que permite que las actividades MOUT/CQB se puedan realizar con la intensidad
que cada uno desee, con las limitaciones lógicas de todo reglamento para no dejar a la deriva el concepto de la actividad en sí.

Sin más preámbulos, os invito a leer y a aprender de este nuevo Reglamento federativo, que es la expresión del trabajo innovador, del progreso y la continua evolución de la filosofía de la Federación Española de Airsoft.

El Presidente de la Federación Española de Airsoft
José Ángel Soguero Salavera

Introducción

Este Reglamento está orientado a las partidas o eventos de Airsoft M.O.U.T. Y C.Q.B., cuyas siglas en ingles significan “Military Operations on Urban Terrain” y “Close Quarter Battle” respectivamente, y cuya traducción sería “Operaciones Militares en Terreno Urbano” y “Combate en Distancias Cercanas”. En el primer caso, se hace referencia a las operaciones desarrolladas en un entorno urbano, tanto en el exterior como calles, avenidas,
etc., (M.O.U.T.) como en el interior de las estructuras edificadas, estancias, pasillos, etc., y en el segundo caso se habla de una situación de distancia corta (C.Q.B.)

El Airsoft en Entorno Urbano es una modalidad contemplada en el Airsoft que, si bien podría estar integrada dentro de las disciplinas de Airsoft Táctico o Airsoft Milsim, es aconsejable que sea tratada de manera independiente por las particularidades que se desarrollan en la misma. Los condicionantes de espacio que se dan en esta modalidad obligan al jugador de Airsoft a adoptar unas medidas de seguridad muy concretas. Las distancias de juego se
reducen considerablemente (especialmente en situaciones CQB), y en muchas de las ocasiones esas distancias se ven limitadas al espacio de una estancia de muy pocos metros cuadrados. A esto hay que añadir que los encontronazos entre jugadores rivales a tan corta distancia suponen un elemento de sorpresa que, casi inevitablemente, se traduce en respuestas automáticas e inconscientes como, por ejemplo, disparar sin apuntar o retroceder repentinamente sin percatarse de lo que hay detrás.

Desde el punto de vista de la seguridad, se intenta llegar a un equilibrio entre ésta y la fluidez del juego. Este compromiso obliga a imponer algunas limitaciones, aunque en ciertos aspectos es responsabilidad del jugador mantener una actitud adecuada y conforme al espíritu del Airsoft. De no ser así, la cantidad de restricciones a aplicar llegaría a tal extremo que sería prácticamente imposible mantener la fluidez durante las partidas. Los jugadores tendrían que aprender y aplicar tantas normas específicas (y en ocasiones hasta contradictorias) según en qué entorno se encuentren, que bablemente se darían situaciones en las que involuntariamente se incumplirían los preceptos establecidos. Tradicionalmente se ha venido aceptando que el elemento “seguridad” dependa únicamente de quien dispara, estableciendo distancias mínimas y potencias máximas. Pero no parece justo que todo el peso de la seguridad recaiga de manera exclusiva en el jugador que dispara (seguridad activa), ya que el que recibe el impacto también tiene conocimiento para saber que el uso de determinados materiales minimizan el efecto de los impactos en el cuerpo (seguridad pasiva). Este aspecto es muy importante, porque una cosa es el dolor que podamos aceptar sentir ante ciertos impactos (entendida como sensación y que dependerá de la protección que el jugador decida portar), y otra cosa es el daño que un impacto pueda causar (entendido como menoscabo en la función de un órgano, como por ejemplo un ojo). Todos sabemos que la situación puede hacernos actuar de manera automática sin ser plenamente conscientes de la acción, y por ello también debemos ser conscientes de que nosotros podemos ser los sujetos pasivos de esa acción.


De esta manera, se podría delimitar el uso del tiro en “semi-automático” o en “automático” dependiendo de si la estructura en la que se encuentre el jugador es pequeña o amplia, pero como se expone en esta introducción, las características de velocidad y tensión existentes en esta modalidad pueden provocar, con mucha probabilidad, acciones inconscientes o involuntarias de los jugadores, como no cambiar el selector de tiro de sus marcadoras en función de en qué tipo de estructura se encuentren. Ello supondría varias quejas, cuando no sanciones contra jugadores que no han actuado de mala fe, y paralizaciones del juego que afectarían a todos los participantes sin exclusión. Ante esta situación, se permite el uso del tiro en “automático” o en ráfagas, pero de modo controlado en la duración de la misma, y que no debería superar el segundo de tiempo. Evidentemente, es imposible medir el
tiempo exacto de una ráfaga en medio de un encontronazo durante el juego, pero siendo el Airsoft Urbano una modalidad en general exigente en su ejecución, también sus practicantes han de ser rigurosos y disciplinados en el cumplimiento de sus normas. Si ya en una partida de Airsoft convencional el honor y buena disposición de los jugadores tiene un papel esencial, en el entorno urbano estos valores son imprescindibles. Hay que insistir que el jugador de Airsoft debe actuar siempre con sentido común y empatía para con su contrincante, más aún en estas situaciones.

Características del entorno urbano

Tradicionalmente suele distinguirse entre entorno M.O.U.T. (Military Operations on Urban Terrain), y C.Q.B. (Close Quarter Battle) como dos modalidades diferentes, pero relacionadas, que dependen exclusivamente del entorno físico.

Lo primero que hemos de tener en cuenta es que una cosa es el entorno en el que nos encontramos, y otra es la situación que se nos presenta. La importancia de esta distinción viene dada porque podemos encontrarnos en un entorno M.O.U.T. y en absoluto en una situación C.Q.B. (porque el rival está a veinte metros de distancia), o en una situación C.Q.B. en un entorno boscoso (dos contrincantes pueden estar separados por el mismo arbusto).
Por ello en este Reglamento se hace referencia exclusivamente a “Airsoft Urbano”, modalidad en la que se cumple el condicionante del entorno estructuras artificiales) y, derivado de este entorno la alta probabilidad de situaciones C.Q.B. o de combate a cortas distancias. Consideraciones sobre las consecuencias del uso del material complementario o específico en la disciplina de Airsoft Urbano.

Como se viene advirtiendo, las características del entorno urbano son bastante particulares, y conllevan una tensión añadida provocada por la cercanía de los contendientes, lo cual puede dar lugar a una dificultad extra para mantener el control de la situación. Por ello, y en vista de que hay una osibilidad real de que el material también esté sometido a cierta dureza de trato, es conveniente que cualquier dispositivo cuyo uso se permita en Airsoft Urbano, esté dotado de las oportunas medidas de protección propias y para terceros.

Como ejemplo, un impacto en un visor tipo “redot” puede causar la rotura de una de las lentes si la distancia es lo suficientemente corta dentro del margen de potencias admitidas. Para evitar este tipo de situaciones, existen pantallas protectoras de materiales sintéticos que permiten su uso sin perder sus cualidades. Del mismo modo, el resto de material susceptible de ser dañado por las condiciones propias del Airsoft urbano deberá protegerse
adecuadamente, siendo responsabilidad exclusivamente del usuario del dispositivo la integridad del mismo. De manera excepcional, esta responsabilidad recaerá en los terceros que, mediando intención de dañar o por negligencia, provoquen desperfectos en los dispositivos sin ningún motivo que lo justifique.

Normas de uso de las marcadoras en el Airsoft Urbano.


Las marcadoras dentro del Airsoft urbano han de tener una regulación y unas limitaciones impuestas por el tipo de entorno en el que se esté desarrollando la actividad. Estas limitaciones estarán condicionadas en razón de las posibilidades de impactos cercanos. Inicialmente, las potencias de las marcadoras usadas para Airsoft urbano serán las contempladas por la normativa de esta Federación Española de Airsoft en su Normativa General y su Reglamento de Materiales.

• Las marcadoras podrán usarse tanto en tiro semiautomático como en tiro automático en la modalidad de “ráfaga controlada”. Quedará a la potestad de las entidades organizadoras delimitar el uso de una u otra modalidad de tiro, en virtud a los planeamientos de sus actividades y del tipo de estructuras que integren el lugar de actividades. La organización queda obligada a comunicar cualquier cambio realizado bajo su potestad en caso de producirse.

• En el caso de disparar desde el exterior hacia el interior de una estructura y no podamos ver al jugador adversario porque está oculto en el interior, se considerará como distancia, a efectos de seguridad, la comprendida entre quien dispara y la estructura cerrada tras la que puede haber un jugador adversario. Como ejemplo, si tras una ventana o una puerta hay un jugador adversario que dispara hacia el exterior, pero éste no está visible, se considerará como distancia a tener en cuenta la existente entre hueco o el vano, y el jugador que quiera disparar desde el exterior.

• Queda absolutamente prohibida la modalidad de disparo “a la libanesa”. Se entiende por disparo “a la libanesa” aquella acción en la que alguien, para disparar desde detrás de una cobertura, sólo asoma la marcadora pero no ve directamente a dónde van las bolas expulsadas. Siempre, quien dispara, deberá ver dónde se dirigen sus disparos.

• Se permite el uso en fusiles de asalto con modalidad de tiro en “ráfaga controlada” dentro de las estructuras. En cualquier caso, y siempre que sea posible, se intentará no impactar en zonas sensibles como la cabeza. Quedará a la potestad de las entidades organizadoras delimitar el uso de esta modalidad de tiro, en virtud a los planeamientos de sus actividades y del tipo de estructuras que integren el lugar de actividades. La Organización queda obligada a comunicar cualquier cambio realizado bajo su potestad en caso de producirse.

Debido a las características propias del entorno urbano, se permite disparar a cualquier distancia con marcadoras que no superen los 350 fps., siempre y cuando en la medida de lo posible se procure evitar impactar en áreas corporales especialmente sensibles. Esto no autoriza a efectuar disparos a menos de cinco metros, cuando sea posible eliminar al adversario de viva voz, tal y como se contempla en la Normativa General de la Federación Española de Airsoft. Quedará a la potestad de las entidades organizadoras delimitar el uso de esta norma, en virtud a los planeamientos de sus actividades y del tipo de estructuras que integren el lugar de actividades, quedando autorizadas a regular en sus actividades el uso de marcadoras con inferior potencia, siempre que el objeto de dicha regulación y limitación de potencias, sea el garantizar unas mayores medidas de seguridad en virtud a las características de las estructuras donde realicen las actividades. La Organización queda obligada a comunicar cualquier cambio realizado bajo su potestad en caso de producirse.

• Las marcadoras del tipo de apoyo o del tipo tirador selecto y francotirador, deberán respetar las distancias mínimas de seguridad, y no podrán utilizarse una vez disminuya la distancia establecida como mínima para su uso.

• Queda prohibido el uso, por parte de los jugadores, de zonas no autorizadas por las organizaciones.

• Queda prohibido el desplazamiento de obstáculos o barreras que delimitan las zonas de juego, o de carteles de aviso.

• El uso de elementos de escalada, rapel, escaleras, pértigas de asalto urbano, etc., quedará condicionado a las estructuras, a su estado integral, y principalmente a las indicaciones de la Organización. En el caso de que el uso de tales elementos sea permitido por la Organización, el usuario de los mismos deberá velar por evitar cualquier tipo de accidente debido a su utilización incorrecta, siendo el usuario responsable de cualquier daño o perjuicio que causara su uso negligente. Quedan obligadas las entidades organizadoras a indicar de forma explícita en sus reglamentos las indicaciones en referencia al uso de estos elementos. Quedan obligadas las Organizaciones a la colocación de carteles de advertencia, de información y de prohibiciones dentro de las zonas de actividades, usando los carteles homologados por esta Federación. Y quedan obligados los jugadores a respetar todas las
indicaciones que proporcionen dichos carteles, siendo la vulneración o incumplimiento motivo de sanción disciplinaria.

Sobre las partidas y las actitudes de los jugadores.

El entorno urbano es un entorno restringido de juego en cuanto al espacio y, por lo tanto, provoca que las distancias de juego se puedan reducir considerablemente. Y con ello, como ya se ha indicado anteriormente, aumentan las posibilidades de accidentes fortuitos.

El sentido común ha de imperar entre los participantes que, ante todo, deben sentirse jugadores de Airsoft comprometidos, y deben aportar una actitud al juego que aporte calidad, diversión y sobre todo seguridad.

El control de las distancias mínimas de seguridad se torna, si cabe, todavía más exigente y preciso para evitar accidentes. Por ello, y ante el amplio margen de distancias que pueden encontrarse en los diferentes lances del juego, el control del disparo debe ser muy exigente, tanto en la zona de impacto elegida como en la duración de las ráfagas disparadas.

Normas generales.

• Los disparos deberán dirigirse principalmente al tronco o extremidades, evitando el disparo directo a la cabeza o la cara.

• La protección ocular deberá cumplir el estándar europeo EPI-89/686/CEE (EN166) o el estándar americano ANSI Z87.1, e impedir que tanto bolas como cualquier esquirla puedan llegar a los ojos y causar algún tipo de lesión, cerrando por tanto de forma íntegra el perímetro orbital ocular. Las gafas dispondrán además de un sistema de sujeción a la cabeza que impida que puedan resbalarse o desplazarse total o parcialmente, dejando espacios descubiertos y desprotegidos. El uso de máscaras de gas o similares estará condicionado a la autorización de las Organizaciones, tras comprobar que las lentes de dichas máscaras protegen de los impactos directos de marcadoras. En su defecto, o ante la duda, el jugador deberá portar unas gafas en el interior de la máscara, siendo estas gafas homologadas para el juego del Airsoft según la Normativa General vigente.

Los impactos provenientes de rebotes no supondrán la eliminación de quien los recibe, siendo únicamente válido el impacto directo a excepción de lo contemplado en el Reglamento de Materiales sobre las minas, granadas de mano y granadas de 40 mm. Se autoriza a las Organizaciones a regular los aspectos técnicos de las actividades que organicen o realicen, en materia de ampliación de normas de seguridad, regulación y uso de materiales de juego y de apoyo, mediante normativas particulares siempre que no entren en conflicto con normas expuestas por los diferentes reglamentos de la Federación Española de Airsoft y que son de obligado cumplimiento por todos los miembros de la FEA. Las puertas, ventanas, marcos de puerta y ventana, podrán contener trampas mina (o granadas) y sistemas de alarma. Las trampas mina o granadas accionadas por tracción o acción remota o manual, deberán atenerse a lo especificado en el Reglamento de Materiales de la Federación Española de Airsoft y a las indicaciones de la Organización.

Disposición final.

La adopción de cualquier aspecto no contemplado en el presente reglamento quedará sometida al criterio de la organización responsable del evento.

Los aspectos específicos de actividades, juegos y otras cuestiones derivadas de las actividades de Airsoft realizadas por esta Federación o por las asociaciones miembro de la misma, quedan acogidas a los reglamentos y normativas especificas de cada actividad, vigentes en el ámbito normativo de esta Federación Española de Airsoft, por lo que para los pormenores de actividades de Airsoft Lúdico, Táctico, Técnico y Urbano, así como los pormenores en cuanto al uso de los diferentes materiales, hay que remitirse a esos Reglamentos particulares de cada actividad, y publicados por
esta Federación. [b]
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